Arbitrex > Arbitraje > Lo que debe saber del arbitraje
ARBITRAJE
¿Qué es el arbitraje?
Un sistema de justicia a la altura de sus espectativas
El arbitraje es un sis- tema de justicia susti- tutivo de la jurisdicción ordinaria por el que las partes solicitan a un tercero denominado ár- bitro que medie entre ellas.
El árbitro, en función de las pruebas aportadas, llegará a la resolución del litigio por medio de un laudo, que es el equivalente a la sen- tencia en firme de la justicia ordinaria.
En España existen en este momento más de 2.650.000 procedimientos judiciales pen- dientes en el sistema jurídico en el tercer trimestre del 2008. Este exceso va en aumento y se viene produciendo desde hace muchos años y ahora nos en- contramos con un gran colapso del en la jurisdicción ordinaria española. Uno de los factores más determinantes es el que no exista la informatización de la administración de la justicia. Otro agravante es la cons- tante cantidad de procedimien- tos nuevos que se inician cada día, especialmente en momen- tos de inestabilidad económica como el actual. Todo esto ocasiona grandes retrasos en el sistema de justi- cia y situaciones que no favo- recen la fácil resolución de los conflictos empresariales. El sistema de arbitraje se presenta como una gran solu- ción a este creciente problema.
Si lo desea, puede acceder a los informes trimestrales del Con- sejo General del Poder Judicial: Web del CGPJ
LO QUE DEBE SABER DEL ARBITRAJE
Figura del Árbitro En el arbitraje la figura del juez es representada por el árbitro. Las partes en controversia aportan sus pruebas directamente al árbitro a quien se le delega la facultad de resolver el conflicto y la emisión de un laudo arbitral. La calidad del árbitro, por lo tanto, es clave a la hora de disponer de una resolución de calidad. Por eso todos nuestros árbitros son ex-Magistrados del sistema de justicia español. Por lo que técnicamente es la persona que resuelve un conflicto o litigio, bajo un punto de vista objetivo e imparcial, basándose en las pruebas que las partes aporten y las condiciones que estas hayan acor- dado (o la simple equidad).
Ejecución del laudo Una vez dictado el laudo, la parte condenada dispone de 20 días para cumplir aquello a lo que se le condena. En el caso de no cumplirlo, se debe proceder a su ejecución a través de la jurisdicción ordinaria.
El juez es quien tiene autoridad para ordenar su cumplimiento, no pudiendo entrar a cuestionar lo dictado por el árbitro. El tiempo de la ejecición, dependiendo del tribunal, es de aproximadamente 8 meses, pero con el laudo ya disponemos de la resolución legal al conflicto. Sólo debemos esperar a que se ordene su cumplimiento, sin existir posibilidad de reclamaciones.
Laudo arbitral Es la resolución que dicta un árbitro para “resolver“ un conflicto. Es el equivalente, en la justicia ordinaria, a la sentencia en firme, diferen- ciándose de esta, en que mientras la jurisdicción de un juez viene marcada por la ley, la jurisdicción del árbitro viene dictada por la voluntad de las partes.
Cómo acceder al arbitraje Por defecto, a la hora de resolver un conflicto, debemos acudir a la jurisdicción ordinaria. Sin embargo todos tenemos la posibilidad de acudir al arbitraje para solventar nuestras controversias. Para ello es necesario que las dos partes lo soliciten expresamente.
La mejor forma de someter todos nuestros conflictos a través del arbitraje es por medio de la firma previa de una cláusula arbitral en la que se solicite que en caso de controversia, esta se sometersá a un tribunal arbitral.