|
|
|
Fecha límite de entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Protección de Datos tras la publicación en el B.O.E. del Real Decreto 1720/2007
SÁBADO 26 DE ENERO DE 2008
| |
Tras la publicación del Nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal las entidades disponen de tres meses para adecuarse a las nuevas exigencias legales para beneficiarse del régimen transitorio.
|
El Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre de 2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) el 19 de enero de 2008.
En la disposición final segunda, se indica que el presente Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su íntegra publicación en el B.O.E.
A efectos prácticos significa que las entidades podrán ser dadas de alta según el actual esquema legal hasta el 18 de abril de 2008.
Esta situación plantea una irreversible ventaja principal para todas aquellas entidades que a fecha actual todavía no están cumpliendo con los requisitos de la L.O.P.D. y que deciden hacerlo antes de la fecha límite, el 18 de abril de 2008 para beneficiarse del régimen transitorio de implantación de las medidas de seguridad a los ficheros y tratamiento actualmente existentes.
|
|
|
|
|